Micelio
Auto6 de mayo de 2015

A- de 2015

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Jose Miguel Arango Isaza Apoderado Judicial De La Sociedad Termotasajero

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto se pretende reabrir debate jurídico
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la sentencia T-658/14.

El memorialista consideró que la Sala de Revisión cambió la jurisprudencia de la Sala Plena de la Corporación respecto a: 1º.

Falta de decisión de la excepción previa de pleito pendiente. 2º.

Excepción previa de pleito pendiente bajo la categoría de excepción de fondo y, 3º.

Aplicación en el tiempo de las cláusulas convencionales que consagran incrementos salariales y otros beneficios económicos.

Luego de analizar cada uno de los cargos formulados, la Sala Plena concluye que el solicitante persigue que se reabra el caso para sea estudiado otra vez lo concerniente a la interpretación de la cláusula previamente referida.

Se decide NEGAR la petición de nulidad presentada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NEGAR la solicitud de nulidad de la sentencia T-658 de 2014 proferida por la Sala Primera de Revision de la Corte Constitucional.
  2. Segundo. Comunicar la presente providencia al peticionario, informandole que contra ella no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.